El 12 de diciembre de 2024, el Congreso de la República aprobó la nueva ley de insolvencia en Colombia: Ley 2437. Se trata de una normativa que marca un hito en la legislación de insolvencia empresarial en Colombia.

Esta ley establece como legislación permanente los decretos legislativos 560 y 772 de 2020, así como los decretos reglamentarios 842 y 1332 del mismo año, inicialmente emitidos en el marco de la Emergencia Económica, Social y Ecológica ocasionada por el Covid-19.

¿Cómo funciona la Ley 2437?

Los decretos mencionados, que en su momento fueron diseñados como herramientas temporales para mitigar los efectos de la pandemia, tenían como principal objetivo garantizar la recuperación y conservación de las empresas como unidades económicas generadoras de empleo.

A través de mecanismos adicionales de salvamento, recuperación y liquidación judicial, estas disposiciones facilitaron el retorno de activos a la economía de manera ordenada, eficiente y económica.

Con la entrada en vigor de la Ley 2437, estas medidas ahora serán de aplicación permanente, eliminando su carácter temporal y ampliando su alcance a cualquier empresa o persona que requiera acogerse al régimen de insolvencia empresarial.

Entre los aspectos más destacados que se mantienen están el acceso expedito a los procesos de reorganización, los mecanismos de alivio financiero y las herramientas para la negociación de acuerdos.

Sin embargo, no todas las disposiciones de los decretos originales quedaron incluidas en esta legislación permanente. La Ley 2437 establece excepciones específicas, las cuales no serán aplicables de forma indefinida. Entre ellas destacan:

  • Del Decreto 560 de 2020:
    • Artículo 1: Finalidad y ámbito de aplicación de los mecanismos extraordinarios.
    • Artículo 3: Flexibilización en el pago de pequeños acreedores.
    • Artículo 15: Suspensión temporal.
    • Título III: Aspectos tributarios en los procesos de insolvencia, entre otros.
  • Del Decreto 772 de 2020:
    • Artículo 1: Finalidad y ámbito de aplicación de los mecanismos extraordinarios.
    • Artículo 7: Fortalecimiento de la lista de auxiliares de justicia.
    • Artículo 13: Honorarios de liquidadores en procesos de liquidación simplificada.
    • Artículo 16: Suspensión temporal, entre otros.

Esta incorporación de normas de emergencia a la legislación permanente busca brindar estabilidad jurídica y herramientas de largo plazo para el fortalecimiento empresarial, para la reorganización y liquidación empresarial, adaptadas a las necesidades actuales del sector productivo colombiano, promoviendo un sistema económico resiliente y dinámico.

Contenido por:  COLCOB Colombia