Desde la identificación de la iniciativa en el observatorio legislativo de COLCOB, se tomaron acciones con el propósito de incidir favorablemente en el desarrollo de la mencionada iniciativa legislativa y disminuir la lesividad de la iniciativa desde el momento de su radicación hasta su último debate.
PL 017C – 384S “Por medio de la cual se establecen medidas que protejan el derecho a la intimidad de los consumidores”.

COLCOB, generó varios espacios de diálogo y socialización con los autores y ponentes de la iniciativa, con el propósito de visibilizar el verdadero desarrollo de la gestión de la cobranza, las buenas prácticas que autónomamente el sector ha venido incorporando en el desarrollo sus actividades, reafirmando que en la mayoría de los eventos en los que se evidenciaba un abuso sobre el consumidor, se daban en sectores no regulados.

En este orden de ideas, también se generaron espacios de socialización y construcción de argumentos con el sector, lo cual llevó a presentar dos conceptos que fueron radicados y puestos a consideración en el Congreso de la República, Allí se resaltó el impacto negativo de la medida, el deber ser de nuestras empresas asociadas, y a su vez, se llevaron sugerencias que se materializaron con reformas específicas en el articulado del proyecto a lo largo de su tránsito por la Cámara de Representantes y Senado; buscando garantizar el ejercicio de la cobranza bajo una modalidad no tan restrictiva como inicialmente se planteaba, poner de presente la naturaleza y particularidad del microcrédito, el crédito rural, la necesidad de garantizar el contacto con el consumidor financiero, entre otros aspectos que en medio del debate legislativo, fueron incluidos y mejoraron su alcance e impacto sobre el sector.

En este orden de ideas, nos permitimos compartir el texto inicial radicado y el texto final aprobado en plenarias de Cámara y Senado, no sin antes aclarar, que en el transcurso del proyecto se eliminaron apartes que contenían criterios más lesivos. Así mismo, se hará el respectivo seguimiento al proceso de conciliación de los textos aprobados en plenarias, para finalmente pasar a sanción presidencial y convertirse en Ley de la República: