El pasado 13 de diciembre y luego poco más de un mes el Presidente de la República, sancionó la Reforma Tributaria que busca recaudar 80 billones hasta el 2024. La reforma, que fue inicialmente presentada el 8 de agosto, tuvo múltiples cambios durante su proceso legislativo, frente a lo que finalmente ha sido aprobado.


A continuación, presentamos un resumen de los puntos más relevantes aprobados en la reforma tributaria.

1. Tributación de personas naturales con ingresos superiores a $13 millones

De acuerdo con la reforma, no se tocarán las personas de menores ingresos en el país. Los ajustes hechos al impuesto de renta de personas naturales solo aplicará en aquellas que tengan ingresos mayores a 13 millones de pesos mensuales, y solo los de ingresos verdaderamente altos tendrán una carga más pesada.
Se estima que dos terceras partes del recaudo adicional proveniente del impuesto a personas naturales provendrán de los que devengan más de millones al mes.

2. Por eliminación o reducción de beneficios.

En el caso de las personas naturales, las modificaciones introducidas en la reforma tributaria, en general, no tienen que ver con más impuestos, sino con disminución o eliminación de beneficios tributarios, lo que, a juicio del Gobierno, está en línea con el objetivo de hacer el pago de impuestos algo más progresivo

3. Impuesto al patrimonio

Se retoma el impuesto al patrimonio, que aplica para riquezas superiores a 3.000 millones de pesos, las cuales quedarán obligadas a aportar una tarifa marginal de 0,5 %
En la escala de los patrimonios está el siguiente peldaño, el cual toca las fortunas mayores a 5.000 millones de pesos, que quedan con una carga impositiva de 1 %. Entre tanto, los patrimonios por encima de 10.000 millones aportarán un 1,5 %, de manera transitoria, hasta 2026.

4. Impuesto a los dividendos

También ajustado en la reforma tributaria, este impuesto quedó con una tarifa efectiva de 19 %, luego de amplios debates que llevaron a introducir una rebaja del 20 % a cada uno de los niveles de la tabla, pues, originalmente, se iba a manejar con los mismos valores que tiene el impuesto de renta de personas naturales, que va hasta una tarifa de 39%.

5. Por ganancias ocasionales

En caso de que un ciudadano tenga una ganancia ocasional, quedará sujeto a una tarifa del 15%.

6. El mayor pagador

El sector extractivo fue uno de los llamados a contribuir con la mayor parte de los ingresos que provendrán de la reforma tributaria. Así, las nuevas normas que le aplicarán serán las siguientes:
– No se permitirá deducir las regalías del impuesto de renta.
– Se crea una sobretasa de renta para los sectores de petróleo y carbón, en función de los precios internacionales. Será de 5 % o 10 % para carbón y de 5 %, 10 % o 15 % para petróleo.
– Con esto, la tarifa efectiva de tributación del sector petrolero estaría entre el 33,6% y 46,8% mientras que la de carbón se ubicaría entre el 42,7& y 56,5%

7. Impuesto saludable

Este impuesto aplica para las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados. Se cobrará de manera progresiva de la siguiente manera:
– Durante los primeros dos años, el impuesto se causará a partir de una concentración de azúcar de 6 gramos por cada 100 ml, pasado este periodo a partir de 5 gramos por 100ml.
– Los alimentos ultraprocesados tendrán una tarifa ad-valorem de 10% en el 2023 y aumentará hasta llegar a 20% en 2025, exceptuando alimentos como salchichón, butifarra, pan, arequipe, entre otros.

La entrada en vigencia de los impuestos saludables será en noviembre de 2023, cuando se proyecta que ya hayan disminuido las presiones inflacionarias sobre los alimentos.

Así mismo el Presidente manifestó que el próximo año se presentará un proyecto de adición presupuestal, el cual se realizará en el mes de febrero y que tiene como fin cumplir con los objetivos propuestos de su plan de Gobierno.